Los pasajeros que sufran retrasos de más de tres horas deberán ser indemnizados por las aerolíneas

El Tribunal de Justicia de la UE dejó sentado un gran precedente a partir de un fallo dictaminado hace algunos días: las aerolíneas que retrasen un vuelo más de tres horas deberán indemnizar a sus pasajeros – siempre y cuando no haya circunstancias extraordinarias que deriven en esta situación –.

Hasta ahora, sólo se podía exigir indemnización si un vuelo se cancelaba, pero ahora la simple demora es suficiente para que los viajeros exijan la compensación económica, aunque el tiempo de espera deberá superar las tres horas.

Este fallo responde a demandas en Austria y Alemania contra las empresas aeronáuticas Condor y Air France. Pasajeros reclaman indemnización por retrasos de 25 y 22 horas respectivamente.

El Tribunal entiende que en estos casos el perjuicio para el pasajero es similar al de un vuelo cancelado, y por ello autoriza la indemnización, que para el caso de vuelos cancelados es de 250 a 600 euros, dependiendo la distancia y la demora.

El derecho a la compensación se pierde si la aerolínea prueba que la demora se debió a circunstancias extraordinarias que escapan a su control efectivo y que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables, lo que no incluye fallas técnicas.

Vía: Intereconomía


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